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domingo, 14 de septiembre de 2014

Causas de rescisión laboral sin responsabilidad del trabajador.

· Engaño del patrón.

· Falta de probidad u honradez del patrón o personas relacionadas.

· Reducir el salario o cambiar su lugar de pago.

· Provocar perjuicios en herramientas.

· Poner en peligro la salud y seguridad de los trabajadores.

-Causas análogas.

Consulta todas nuestras tareas en nuestro sitio Web: http://grupo-rios.webnode.mx/tareas-y-punto/


O puedes escribirnos al correo: tareasypunto@gmail.com

Causas de rescisión laboral sin responsabilidad para el patrón.

· Si existió engaño por parte del trabajador al presentar certificados o referencias falsas que señalen capacidades o facultades que éste no tiene.

· Si en el lugar de trabajo el trabajador tienen comportamientos faltos de rectitud, realiza actos de violencia, malos tratos e injurias contra el patrón, sus familiares o personal de la empresa. Incluso si los mismos los realiza fuera de servicio y son tan graves que hace que sea imposible continuar con la relación laboral.

· Si el trabajador altera la disciplina del lugar de trabajo con actos que cometa en contra de sus compañeros.

· Si el trabajador de forma intencionada o de forma negligente causa perjuicios materiales a las instalaciones o materiales de trabajo, mientras realiza sus labores.

· Cuando por una imprudencia o descuido inexcusable el trabajador ponga en peligro la seguridad del lugar del trabajo o de las personas que se encuentren ahí.

· Si el trabajador comete actos inmorales en el lugar de trabajo.

· Revelar los secretos industriales de la empresa en perjuicio de esta.

· Si el trabajador acumula más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin contar con permiso o sin causa justificada.

· Si el trabajador desobedece las instrucciones de su patrón o sus representantes sin tener una justa causa.

· Si el trabajador no atiende las medidas preventivas o procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.

· Si el trabajador asiste en estado de embriaguez o bajo influencia de algún narcótico o droga similar.

· Si el trabajador es condenado a pena de prisión y no pueda seguir cumpliendo con la relación laboral.

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